Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the wordpress-seo domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /usr/share/nginx/html/sitios/conceahora/wp-includes/functions.php on line 6131
Pago del Bono de Invierno: revisa quiénes acceden al beneficio y las condiciones exigidas - ConceAhora
pago Bono de Invierno pensionados

Pago del Bono de Invierno: revisa quiénes acceden al beneficio y las condiciones exigidas

A medida que bajan las temperaturas, muchos adultos mayores deben reorganizar su presupuesto para enfrentar gastos que aumentan durante el invierno. Pensando en ese escenario, el Estado entrega un apoyo económico específico que se paga una sola vez al año.

Ese respaldo es el Bono de Invierno, un aporte que se deposita automáticamente junto con la pensión del mes de mayo y que no requiere postulación, siempre que se cumplan los requisitos definidos.

¿Qué entrega el Bono de Invierno?

El Bono de Invierno corresponde a un pago único de $81.257, monto que se paga de forma íntegra, ya que no está afecto a descuentos, cotizaciones ni impuestos.

El dinero busca ayudar a cubrir gastos propios de la temporada invernal, como calefacción, medicamentos o el aumento en las cuentas básicas del hogar.

¿Cuándo se paga este beneficio?

El bono se entrega junto con la pensión del mes de mayo, sin necesidad de realizar trámites adicionales. Si la persona cumple con los requisitos, el pago se incluye automáticamente.

Este beneficio no se repite durante el año, ya que se entrega solo una vez por temporada.

Edad mínima para acceder al Bono de Invierno

Uno de los puntos centrales para recibir este aporte es cumplir con una edad determinada por la normativa vigente.

¿Qué edad se exige?

Para acceder al Bono de Invierno, la persona debe tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026. Este requisito es obligatorio y se revisa antes de evaluar cualquier otra condición.

¿Quiénes pueden recibir el Bono de Invierno?

Además de la edad, el beneficio está dirigido a adultos mayores que pertenezcan a ciertos grupos de pensionados con ingresos limitados.

Pensionados que cumplen los requisitos

Pueden recibir el bono quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Pensionados del IPS, ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores, con pensiones iguales o inferiores a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.

  • Pensionados de AFP que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.

  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no perciban ninguna otra pensión.

  • Personas que reciben una Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura, pensión de viudez de reparación o pensión no contributiva de exonerados políticos.

  • Pensionados de cualquier régimen previsional que obtengan APSV o PGU, siempre que la pensión base no supere la pensión mínima de vejez.

¿Quiénes quedan excluidos del beneficio?

El Bono de Invierno no se paga a quienes reciben más de una pensión si la suma de estas supera el valor de la pensión mínima de vejez. Tampoco corresponde a beneficiarios del Subsidio de Discapacidad para menores ni a quienes reciben la indemnización del carbón.

De esta forma, el beneficio se concentra en apoyar a los adultos mayores con menores ingresos durante uno de los períodos más exigentes del año.